¿Qué se incluye en el término “bienes inmuebles”?
El término “bienes raíces” generalmente se define de la siguiente manera:
- Tierra
- Todos los accesorios adheridos al terreno.
- Cualquier tipo de derecho personal y real sobre la tierra como el derecho de uso o el usufructo vitalicio.
- Toda la infraestructura construida sobre y bajo la tierra
- Toda la fruta, vegetación y productos generados de la tierra
- Cualquier construcción construida en la tierra.
- La tierra misma en México se clasifica en dos categorías: propiedad “privada” y propiedad “pública”. La propiedad privada puede ser propiedad “privada” o “social”. Bajo la categoría de propiedad social, se encuentran la propiedad ejidal y la propiedad comunal.
La propiedad privada es de propiedad de las personas naturales o jurídicas para su explotación y uso que estimen conveniente.
Propiedad ejidal
La propiedad ejidal es un terreno otorgado por el gobierno mexicano a un grupo de individuos para fines agrícolas y ganaderos. Los ejidos se estructuran como comunidades o municipios. Cuentan con juntas internas de administración y vigilancia, denominadas respectivamente Comisariado Ejidal y Comité de Vigilancia. La propiedad ejidal puede existir ya sea para el uso exclusivo de un beneficiario individual (Ejidatario) en la forma de “Parcelas Ejidales” o para el beneficio común de la comunidad ejidal en la forma de “Parcelas Comunitarias Ejidales”.
Propiedad comunal
La propiedad comunal es la tierra que pertenece a la comunidad para su uso y disfrute común.
Salvo casos particulares, las propiedades ejidales y comunales son inalienables y no están sujetas a gravámenes ni embargos. Tanto la propiedad ejidal como la comunal requieren inscripción en el Registro Agrario Nacional. Este tipo de propiedad puede ser liberada de su régimen y convertida en propiedad privada; sin embargo, esto implica un procedimiento legal complejo y formal. En caso de liberación del régimen ejidal y comunal, el terreno se inscribiría ante el Registro Público de la Propiedad en la jurisdicción correspondiente y con sujeción a las disposiciones del derecho civil.
Propiedad pública
La propiedad pública es la tierra que pertenece a la nación, también conocida como propiedad nacional. Son bienes nacionales los bienes que (i) no han sido adquiridos como propiedad privada; (ii) no haya sido otorgada por el gobierno mexicano a un Ejido o comunidad; o (iii) esté bajo un régimen federal, como zona federal, cuerpos de agua o vías de comunicación federales.
¿Qué es el sistema de registro de tierras?
Las transferencias de título son ejecutadas por las partes ante un notario público. El Notario Civil, como abogado colegiado, tiene el deber de verificar que se esté traspasando el debido título, que se haya obtenido el certificado de libertad de gravamen respectivo y que no se haya obtenido el certificado de deuda del impuesto predial, que se haya hecho el avalúo de la propiedad, que se haya pagado el impuesto de transferencia. pagado, y la descripción de las medidas y límites de la propiedad ha sido debidamente transcrita en la sección de antecedentes correspondiente de la escritura pública que contiene la escritura pública mediante la cual se transmite el título de una propiedad. Todas las transacciones inmobiliarias deben registrarse ante el Registro Público de la Propiedad en la jurisdicción correspondiente.
¿Qué autoridad gestiona el registro de títulos?
El registro de títulos generalmente es administrado por el Registro Público de la Propiedad con jurisdicción sobre el área en la que se encuentra la propiedad. Este Registro es la entidad administrativa encargada de llevar los registros oficiales de la situación jurídica del título de propiedad de los inmuebles. Los registros del Registro revelarían limitaciones de dominio y/o uso que gravan la propiedad tales como servidumbres, arrendamientos, opciones de compra, contratos de promesa, así como gravámenes o gravámenes.
¿Qué derechos sobre bienes inmuebles se requiere registrar?
En general, se consideran instrumentos inscribibles todos los actos jurídicos que crean o prueban un interés en bienes inmuebles, incluidos los siguientes:
- transferencias de títulos
- hipotecas
- Servidumbres
- Convenios restrictivos
- Arrendamientos (solo bajo ciertas circunstancias tales como: (i) si su plazo o duración excede un período determinado, generalmente seis años, o (ii) si un arrendatario paga rentas por adelantado por un período determinado, generalmente por más de tres años)
- Acuerdos de copropiedad
- Opciones de compra
- Contratos de promesa (de compra y/o venta)
- Regímenes de condominio
¿Qué documentos pueden usar los propietarios para probar la propiedad de bienes inmuebles?
La propiedad de la tierra se acredita aportando el título de propiedad inscrito en el Registro Público de la Propiedad respecto de la propiedad privada y un Certificado de Derechos Parcelarios inscrito en el Registro Agrario respecto de las tierras ejidales o comunales.
¿Se puede realizar una búsqueda de título en línea?
Sí, en determinadas oficinas del Registro Público de la Propiedad. No todas las oficinas del Registro Público de la Propiedad en México cuentan con la infraestructura para realizar búsquedas de títulos en línea.